mayo 20, 2024

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¿Por qué Tekashi representa peligro de fuga? El Ministerio Público lo detalla…

El Ministerio Público (MP) estableció en el documento de solicitud de medida de coerción en contra del rapero norteamericano Sixnine “69”, mejor conocido como Tekashi, detenido por agredir a dos productores musicales de un estudio de grabación ubicado en ciudad La Vega (al norte del país), que este representa peligro de fuga.

Los fiscales consideraron que Tekashi cumple con las condiciones para sustraerse del proceso penal para procurar evadir la justicia, por lo que enumeraron las presunciones de lo que establece el Código Procesal Penal Dominicano en su artículo 229 sobre el “peligro de fuga”.

El MP argumentó que el imputado incurrió en el ocultamiento o falta de información sobre su domicilio o ubicación, lo que constituye presunción de fuga. Además, de la imposibilidad de identificación cierta y precisa, como consecuencia de su pretensión de ocultar su verdadera identidad a los fines de evadir su responsabilidad.

Los fiscales citaron que existen otros elementos de “determinación del peligro de fuga relativos al nivel de lesividad de su conducta, y el nivel de las consecuencias jurídicas de esa lesividad”.

Destacaron el de gravedad de los hechos imputados y la gravedad del daño causado a las víctimas o la sociedad, los cuales están contenidos en el artículo 229.

De igual modo, consideraron el comportamiento del imputado, “no solo en este proceso, sino respecto a otros posibles procesos”.

En ese sentido, señalaron otras justificaciones de peligro de fuga como “el comportamiento del imputado durante este procedimiento, u otro anterior”; “la existencia de procesos pendientes o condenas anteriores graves y haber sido condenado, aunque la condena no sea definitiva”, entre otras.

Dejaron claro que también se consideran como factores relativos directos a la fuga la residencia legal o no en el país y las facilidades para abandonar el país o permanecer oculto.

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